Tus derechos al coger un avión

Fecha: 23-03-2016 - Categoría: Consumo

En caso de retraso, cancelación y overbooking
El usuario tiene derecho a determinadas compensaciones y es la propia aerolínea quien debe ofrecer información y asistencia a los usuarios (incluyendo, en función del retraso, manutención o, incluso, la estancia en un hotel).
Guardar todos los tiques para reclamar también esos gastos y hacerlo por escrito en el propio aeropuerto, primero ante la compañía aérea y, en caso de no obtener resultados en el plazo de un mes, ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Si el perjuicio sufrido implica una compensación superior a la contemplada en la normativa (que estará en función del destino del vuelo) se puede acudir a una demanda judicial.

En caso de algún tipo de huelga
Según algunas sentencias, si la huelga fue convocada con antelación suficiente por los trabajadores y la aerolínea la toma como justificación para un retraso o cancelación, podría dar derecho a una indemnización, ya que la compañía podría haber tomado medidas.

En caso de problemas con el equipaje
Si ha sufrido daños, reclamar siempre en el aeropuerto para probar que los desperfectos son debidos al  traslado.
En cualquier caso, se dispone de un plazo de hasta siete días para reclamar desperfectos en el equipaje facturado.
En caso de retraso, la protesta deberá hacerla dentro de los veintiún días siguientes.

En caso de atentado en un aeropuerto
El pasajero sí tiene derecho a que se le ofrezca alguna alternativa, se le permita viajar en otras fechas o se le devuelva el importe del billete, pero no hay derecho a recibir indemnización

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