Las enfermeras catalanas podran indicar algunos medicamenos sin autorización del médico

Fecha: 26-08-2019 - Categoría: Salud

Las enfermeras catalanas podrán indicar algunos medicamentos sin requerir autorización del médico.

El Departament de Salut ha presentado un decreto que da seguridad jurídica a las enfermeras catalanas para que puedan prescribir medicamentos.

En la práctica esto se traducirá en que las casi 42.000 enfermeras de los centros sanitarios de Cataluña tendrán la capacidad de indicar productos sanitarios y medicamentos que no necesiten prescripción médica y lo harán sin que el médico lo haya de autorizar.

Hace ya tiempo que las enfermeras no pueden indicar medicamentos o productos sanitarios a sus pacientes sin inconvenientes y con seguridad jurídica plena. El decreto del año 2015 publicado en el BOE un 23 de diciembre obliga a las enfermeras a pedir permiso al médico para cualquier indicación que incluya medicamentos, apósitos, pomadas o pañales.

El Departament de Salut prevé que la ley se apruebe este próximo otoño y que dé seguridad jurídica a las enfermeras y enfermeros que, de cualquier modo, han continuado indicando algunos productos y medicamentos a pesar de la normativa vigente.


Los requisitos necesarios para solicitar la acreditación para la dispensación de medicamentos y productos no sujetos a prescripción médica están establecidos de la siguiente manera: en el ámbito de cuidados generales, se pide estar en posesión del título de grado en enfermería, diplomatura en enfermería o ATS o equivalente y acreditar una experiencia laboral mínima de un año como enfermera. En caso de no tener adquirida esta experiencia mínima, como por ejemplo las reciente graduadas, deberán superar un curso de adaptación gratuito y online con contenidos vinculados a la receptación y sistemas de información de 5 horas de duración.

Si se quiere acreditar en cuidados especializados, se dispondrá también del título de enfermera especialista y acreditando una experiencia mínima de 1 año como enfermera especialista con experiencia reconocida como tal.

En cuanto a los medicamentos sujetos a prescripción médica, se está pendiente de la elaboración de protocolos y guías de práctica clínica por parte de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del SNS que dispone de un par de años de plazo para resolver el tema, según establece el Real Decreto 1302/2018. Aunque desde el Govern se ha transmitido a los representantes de la Comisión de Crisis de la Prescripción Enfermera, que se están estudiando fórmulas legales que permitan resolver esta cuestión sin necesidad de esperar dos años.

El texto del proyecto de decreto, especifica que la administración tendrá un plazo de 6 meses para responder a las solicitudes de acreditación, momento en el que se tendrán que haber resuelto las adaptaciones al Sistema Integrado de Receta Electrónica ( SIRE) para facilitar el acceso de las enfermeras acreditadas para que puedan dispensar medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica a través de la receta electrónica.

La Comisión de Práctica Asistencial, que integrará representantes de los Consejos de Colegios de Enfermeras y de Médicos y, eventualmente, representantes de las sociedades científicas, será quien determine los ámbitos en los que es necesario desplegar la actividad de indicación de las enfermeras y cuál será la acreditación que deberán demostrar.

La noticia de la presentación del decreto se ha hecho después del ultimátum que hicieron público las enfermeras diciendo que ya no había más tiempo disponible para hacer un decreto en esta línea. El mismo colectivo había convocado una movilización para dar visibilidad al problema del decreto vigente en España.

De esta manera se da por cerrado el proceso de colaboración entre las enfermeras y el Departament de Salut para alcanzar el reconocimiento legal de una práctica consolidada e integrada en la prestación de los servicios de salud en Cataluña.