Consejos para unas vacaciones de Semana Santa sin problemas
Fecha: 12-04-2019 - Categoría: Consumo
No queremos faltar a la cita anual con aquellos consumidores que en estos días previos a la semana santa se disponen a disfrutar unos días de descanso y nos hacemos eco de los consejos que facilita la CECU para que puedan serles útiles antes y durante las vacaciones. Año tras año facilitamos información sobre los derechos de los pasajeros cuando contratan un vuelo, viajan en tren, autobús o alquilan un vehículo; cuando reservan diversos tipos de alojamientos, o si lo contratan todo como un viaje combinado. También hemos recordado cual es la documentación necesaria para viajar, contemplando también a los menores, y sobre las posibles coberturas que ofrece un seguro de viaje. Y también lo importante que es llevar el coche al taller los días previos al viaje e indicado cómo reclamar en caso de controversia, incluso si la entidad no tiene residencia en España.
Ahora queremos poner a disposición de los consumidores la información antes referenciada para que puedan consultarla, y la complementamos con información adicional que podría ser importante de cara a las vacaciones.
Registro de viajeros
Para determinados países, es recomendable consultar el apartado “Recomendaciones de viaje” de la página web del propio ministerio y comunicar los datos del viaje directamente a la Embajada o Consulado correspondiente.
Un registro obligatorio es el que debemos hacer en el alojamiento en el que nos vayamos a hospedar (hotel, camping, albergue, casa rural, apartamento, etc.). Este procedimiento se aplica a todas las personas que se hospedan ya que estos datos deben comunicarse en las 24h siguientes a las autoridades (Policía o Guardia Civil) en aplicación del Acuerdo de Schengen, de 19 de junio de 1990, a adoptar las medidas necesarias para llevar a cabo las actividades de control sobre los viajeros que utilizaran establecimientos de hospedaje.
La tarjeta sanitaria europea puede solicitarse en la web de la Seguridad Social
Tarjeta prepago
Este sistema, que permite realizar pagos en establecimientos, sacar dinero en cajeros y realizar compras en internet, es una opción más segura ya que en caso de pérdida, robo, duplicado o «hackeo» de la tarjeta, únicamente perderemos el importe que contenía la misma.
No obstante, este producto podría conllevar gastos o comisiones por lo que antes de solicitarlo recomendamos informarse sobre las tarifas y condiciones de contratación de la misma.
- con ocasión de una única visita o contacto con su punto de venta, la selección y el pago separado de cada servicio de viaje por parte de los viajeros, o
- de manera específica, la contratación de al menos un servicio de viaje adicional con otro empresario, siempre que tenga lugar a más tardar veinticuatro horas después de la confirmación de la reserva del primer servicio de viaje.
Además, el empresario que ofrece servicios de viajes vinculados deberá indicar expresamente que:
- El consumidor no está sujeto a los derechos que se aplican exclusivamente a los viajes combinados.
- Podrá reclamar el reembolso de todos los pagos realizados si alguno de los servicios no se presta en caso de insolvencia.
- En primer lugar, se considera viaje combinado la contratación, a través de páginas web o plataformas de reservas, de dos o más servicios de viaje (alojamiento, transporte, alquiler de vehículo y/o servicios turísticos), incluso con distintos prestadores, siempre que se tramiten a través de una única entidad.
- Se ha incluido entre los servicios de viaje, de forma expresa e independiente del transporte, el alquiler de vehículos.
- Se recoge la responsabilidad del empresario por los errores debidos a defectos técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles, así como de los errores cometidos durante el proceso de reserva, cuando el empresario haya aceptado gestionar la reserva de un viaje combinado o de servicios de viaje que formen parte de servicios de viaje vinculados.
- En caso de resolución del contrato por parte del consumidor, la ley ya no establece una compensación determinada, sino que esta podrá venir impuesta en el contrato. Esta compensación deberá ser adecuada y justificable, basada en la antelación de la resolución del contrato con respecto al inicio del viaje combinado y en el ahorro de costes e ingresos esperados por la utilización alternativa de los servicios de viaje, salvo que se den circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones. En ausencia de una penalización tipo en el contrato, el importe de esta equivaldrá al precio del viaje combinado menos el ahorro de costes y los ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.
- Se exige, tanto a los organizadores como a los minoristas (agencias de viaje), constituir una garantía que cubra los pagos realizados por los viajeros, que incluirá el coste estimado de las repatriaciones, en caso de insolvencia, y una garantía que responderá del cumplimiento de los servicios contratados y que podrá reclamar directamente el consumidor.
- En caso de reclamación, el viajero podrá enviar mensajes, peticiones o quejas en relación con la ejecución del viaje combinado directamente al minorista a través del cual fue adquirido. El minorista transmitirá dichos mensajes, peticiones o quejas al organizador sin demora indebida.