Campaña de la Unión Europea para informar a los ciudadanos sobre los derechos aéreos para este verano

Fecha: 26-07-2018 - Categoría: Consumo


 
Ante eventuales imprevistos como por ejemplo denegación de embarque, gran retraso, cancelación o pérdida de equipaje, la legislación europea vigente establece unas indemnizaciones a las que tienen derecho los pasajeros en cualquier medio de transporte que utilicen así como una serie de obligaciones para las compañías en materia de información y asistencia durante el viaje.

En cuanto al transporte aéreo los derechos de los pasajeros son aplicables en los siguientes casos:
El vuelo se realiza dentro de la UE tanto si está operado por una compañía aérea de la UE o de fuera
El vuelo llega a la UE desde fuera de la UE y está operado por una compañía aérea de la UE
Si el vuelo sale de la UE hacia un país fuera de la UE tanto si está operado por una compañía de dentro o e fuera de la UE.

Los derechos de los pasajeros se extienden a todos los países de la Unión Europea, incluidas Guadalupe, la Guayana Francesa, Martinica, la Reunión, Mayotte, San Martin (Antillas francesas) las Azores, Madeira y las Islas Canarias además de Islandia, Noruega y Suiza.

En cualquiera de los casos siguientes, la compañía informará sobre los derechos de los pasajeros:

Denegación de embarque o cancelación del vuelo a menos de 14 días de la salida
Retorno del precio completo del billete en 7 días o reasignación en otro vuelo de características similares
250-600 € (dependiendo de la distancia y del retraso final si hemos escogido ser asignados en otro vuelo)
Asistencia en caso de que sea necesaria: llamadas, refrescos, comida, alojamiento, etc.

Retrasos
A partir de 2 horas:
Asistencia: llamadas, refrescos, comida, alojamiento y transporte al alojamiento
A partir de tres horas
Hasta 1.500 km: 250 euros
Más de 1.500 km: 400 euros
Más de 3.000 km: 600 euros
Más de cinco horas de retraso
La compañía te ha de reembolsar el precio del billete en un período máximo de siete días y te ha de volver al aeropuerto de salida en caso de que te encuentres en medio de un viaje.

Pérdida o daños en el equipaje
Hasta 1.300 euros
 
Hay que tener en cuenta:
La compañía no está obligada a indemnizar si el retraso es debido a circunstancias excepcionales (decisiones sobre la gestión del tráfico aéreo, inestabilidad política, condiciones meteorológicas extremas o riesgos para la seguridad.)
El reembolso de los billetes no utilizados deberá hacerse efectivo en un plazo máximo de siete días desde el momento de la reclamación.

Desde la CUS queremos recordar que es obligatorio que nos faciliten la hoja de reclamaciones si así lo pedimos y también es importante tener presente la obligación de los pasajeros / usuarios de conocer sus derechos y deberes en el momento de utilizar el transporte aéreo.