GAS NATURAL: revisiones e inspecciones.

Fecha: 22-03-2013 - Categoría: Consumo

Los controles periódicos a efectuar deben ser los siguientes:

  1. Cada año, el propietario o usuario está obligado a hacer un mantenimiento de la caldera por una empresa habilitada de su elección.
  2. Cada 4 años, el usuario es responsable de efectuar el mantenimiento del calentador de agua caliente por una empresa habilitada.
  3. Cada 5 años, la empresa distribuidora inspeccionarà la instaclación receptora.

Fuente: SEDIGAS

Galería de fotos