HISTORIA CLINICA COMPARTIDA de CATALUÑA (HC3)

La Historia Clínica Compartida de Cataluña (HC3) agrupa el conjunto de documentos que contienen datos, información y valoraciones clínicas sobre la situación y la evolución de un paciente a lo largo de su proceso asistencial.
La HC3 sigue un modelo de gestión descentralizada, interconectado a través de sistemas de interoperabilidad y estándares.
La HC3 permite a cualquier médico acceder a toda la información relevante disponible de sus pacientes, independientemente de su nivel asistencial o su ubicación geográfica y promueve la continuidad de la atención sanitaria integrando toda la información, evitando errores y la repetición de exploraciones y/o procedimientos.
Desde noviembre de 2009 está funcionando el Repositorio Central de Imagen Médica (exploraciones radiológicas). El junio de 2010, se ha iniciado una prueba piloto entre los centros sanitarios de Calella y Blandas que serán los primeros en poder visualizar desde la HC3 las imágenes almacenadas en el  Repositorio Central.
La HCCC no es la suma de las historias clínicas de los centros sanitarios; no incorpora todas las informaciones de los historiales clínicos.
Permite el acceso de una manera organizada a la información relevante de las historias clínicas de los centros y de algunas bases de datos centrales del sistema sanitario.

En una primera etapa, tiene que dar cobertura a los pacientes del Sistema Sanitario Integral de Utilización Pública de Cataluña (SISCAT; popularmente, “red de utilización pública”).

El ciudadano es el titular de los datos que constan en la historia clínica. Tiene acceso a la información disponible sobre salud que conste en su historia clínica y puede ejercer el derecho de oponerse a que los profesionales que lo atienen tengan acceso en esta información.


Información procedente de HH.CC. de los Centros Asistenciales

1. Atención Primaria: diagnósticos, medicación prescrita, vacunas.
2. Atención Especializada: Informes de alta de internamiento (médico y de enfermería), informes de urgencias, informes de atención ambulatória especializada, medicación prescrita.
3. De procedimientos diagnósticos y terapéuticos: informes de laboratorio, informes de diagnóstico por la imagen (texto), informes de otras pruebas diagnósticas (texto)


De cada informe se visualiza: Tipo de informe (categoría + opcional, subcategoría), el diagnóstico, el nombre del centro, el Servicio asistencial y la fecha del documento. Y si hay informe (pdf) se puede solicitar.

Pueden acceder a ella:

• Médicos y enfermeras con visitas programadas o pendientes de programar
para aquel paciente en atención ambulatoria especializada.
• Médicos y enfermeras de atención primaria:
− Que tengan asignado el paciente.
− Que estén en sustitución del médico o enfermero asignado o que
formen parte del mismo equipo.
• Médicos y enfermeras de atención de urgencias.
• Médicos y enfermeras relacionados asistencialmente con un paciente
por su ingreso en el centro.
• Titulados de servicios de apoyo al diagnóstico y tratamiento por el
paciente concreto.
• Los ciudadanos, mediante un certificado digital, podrán acceder a los mismos datos e informes que los profesionales autorizados y a la información de los
profesionales que han accedido a su historia clínica.


Font: http://www.gencat.cat/especial/esalut/cat/compartida.htm


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