CAMBIO Y ASIGNACION DE MEDICO


El centro de atención primaria (CAP) y el facultativo son asignados en función del domicilio. Las àreas básicas de salud (ABS) son unas demarcaciones territoriales que utiliza el CatSalut para organizar los servicios de atención primaria de la salud.

La atención primaria de salud de la población de una misma ABS está asignada a un equipo de atención primaria (EAP) formado por médicos generales, pediatras, odontólogos, enfermeros, auxiliares de enfermería, asistentes sociales y personal no sanitario.

En la web del catsalut puedes consultar a la Guía de centros y saber cuál es tu CAP. Allí  puedes escoger tu equipo de asistencia médica.


CAMBIO DE MÉDICO GENERAL O PEDIATRA.
Todos los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña, como asegurados del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut), pueden elegir un médico o pediatra del equipo de atención primaria (EAP) del centro de atención primaria (CAP) que los corresponde por domicilio, o bien lo pueden elegir de otra CAP de todo Cataluña. Se puede escoger entre todos los centros de Cataluña. Se puede escoger cualquier EAP de Cataluña dentro de la red de servicios de atención primaria de salud de cobertura pública (vinculados al CatSalut).

Para hacerlo hay que dirigirse a su CAP, y rellenar la hoja de solicitud que le entregarán ellos mismos. (En el supuesto de que tu CAP pertenezca al Instituto Catalán de la Salud (ICS), este trámite lo puedes realizar por Internet, desde el web del ICS: http://www.gencat.net/ics).
Una vez aceptado el cambio y asignado nuevo médico, el propio centro se encargará de comunicar el cambio a quien corresponda, sin que usted tenga que hacer ninguno otro trámite. Si transcurridos 10 días hábiles no ha recibido ninguna respuesta, la sulicitud se entiende estimada y se puede poner en contacto con la CAP para que le notifiquen el nuevo médico asignado.
Los especialistas no se pueden elegir, tendrá los de referencia de la EAP de libre elección.
Su médico asignado anteriormente del antiguo EAP tiene que facilitar la información clínica necesaria para dar continuidad a la atención por parte del nuevo médico, preservando la confidencialidad de los datos.



En caso de cambio de domicilio, como asegurado o asegurada del CatSalut, tendrás que elegir un nuevo médico del equipo de atención primaria (EAP), para ello  tienes que dirigirte al nuevo CAP, de acord a la situación de tu nuevo domicilio. Puedes informarte a la unidad de atención al cliente de tu Región Sanitaria o al teléfono del Sanidad Responde 902 111 444.

Hace falta que vayas personalmente a la CAP, con el certificado del padrón y el centro te ofrecerá la posibilidad de elegir un médico de cabecera entre los diferentes facultativos, en función del horario que sea más adecuado a tus necesidades. El cambio de residencia no obliga a cambiarse de EAP. Si la persona quiere podrá ser atendido en el mismo centro que ha escogido.

Escoger un CAP diferente del que te corresponde por domicilio de residencia no comporta ningún cambio en las prestaciones sanitarias a que tienes derecho, pero sí que comporta cambios en la organización de los servicios (visitas, atención a domicilio, atención social, especialistas de apoyo a la primaria, etc.), los cuales tienes que conocer muy bien antes de hacer el cambio.
Cuando presentes la solicitud, el personal del CAP te informará de todos los cambios en la organización de la prestación de los servicios y, si es posible, te dirán en el mismo momento si te aceptan el cambio o no.

Si no te aceptan la petición de cambio, puedes presentar una reclamación al gerente de la región sanitaria que corresponde al CAP .

Durante un año no podrás volver a cambiar si no es por causas objetivas, como un cambio de residencia o un cambio de domicilio laboral.

Hay algunas excepciones de personas que no podrán cambiar de EAP:

1. Las personas que no tienen  derecho a la asistencia sanitaria pública de atención primaria a cargo del CatSalut cómo:

- Los afiliados a Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), Mutualidad General Judicial (MUGEJU), Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS),
- Las personas del Instituto Municipal de Prestaciones de Asistencia Médica al Personal Municipal (PAMEM)

- Las personas afiliadas a empresas colaboradores de la Seguridad Social (Autoridad Portuaria de Barcelona)
2. Las personas que por necesidades de salud están incluidas en programas de atención domiciliaria, puesto que su atención domiciliaria tiene que estar a cargo de la EAP del territorio.
3. Por circunstancias organizativas de un centro en los casos siguientes:

- El hecho de condicionar el cambio de EAP a pedir un determinado médico o médica o pediatra que, por razones organizativas del centro o por cargas de trabajo, no esté disponible.

- Cuando, de forma temporal y excepcional, para garantizar la calidad asistencial, el cambio de CAP, médico o pediatra no se pueda hacer porque el centro y todos los profesionales estén al límite de personas asignadas.


Ante un problema grave de salud, que requiere atención inmediata, podéis dirigiros al centro más cercano donde se produzca la urgencia.


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